Comedores
El último miércoles a las 13.33 el juez del fuero contencioso administrativo federal Enrique Lavie Pico le ordenó al Capital Humano “incorpore de forma efectiva los 66 comedores de la Asociación Civil ‘El Amanecer de los Cartoneros’” al programa Alimentar. Y les fijó un plazo: tres días hábiles, “bajo apercibimiento de aplicar sanciones conminatorias”. El magistrado consideró que ya no pueden tolerarse más maniobras dilatorias, pues está el derecho alimentario en juego.
A su modo, el ministerio de Capital Humano confirmó la información con un comunicado de cuatro párrafos en el que se sostuvo: “El día jueves 28 de noviembre el magistrado nos informó que se debía proceder a la incorporación de 66 comedores, para lo cual el plazo no se encuentra vencido. Seguiremos verificando que cada comedor exista”.
El fallo de Lavié Pico le dio la razón a los demandantes representados por la Unión de Trabajadores de la Economía Popular (UTEP) y el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS). No es el primer fallo en esa dirección. “Ya son nueve los jueces federales que dan lugar al planteo jurídico realizado por la UTEP y reconocen que el accionar de Capital Humano pone en riesgo el derecho humano a la alimentación de la población”, señalaron los voceros de ese espacio y remarcaron que el mes pasado llevaron el caso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, y fueron los propios miembros de la CIDH los que manifestaron preocupación por la regresividad de los derechos en Argentina.
Desde la UTEP tiene dos procesos judiciales abiertos contra Capital Humano: uno en la justicia penal, donde fue denunciada Pettovello por incumplimiento de los deberes de funcionaria pública y abuso de autoridad; y otro en el contencioso administrativo, es un amparo colectivo presentado por la UTEP y el CELS que busca restituir el abastecimiento alimentario a los comedores y merenderos. Ambas se iniciaron en febrero, cuando el gobierno decidió cortar con el abastecimiento.
El primer y más fuerte fallo adverso para Capital Humano se produjo el 27 de mayo en la causa en la que intervienen el juez federal Sebastián Casanello y la fiscal Paloma Ochoa. Allí el magistrado ordenó que el ministerio debía presentar, en un plazo de 72 horas, un plan de entrega de los alimentos que esa cartera tenía retenidos en los galpones de Villa Martelli (Provincia de Buenos Aires) y Tafí Viejo (Tucuman). Esa decisión, como la exhortación a repartir los alimentos fueron luego avaladas en las instancias superiores. 7 jueces en total. Capital Humano apeló cada decisión, a pesar de que sabe que no le asiste la razón. Lo hizo porque es la forma que tiene de no reconocer que actuó de modo arbitrario y sustento.
En el fuero Contencioso Administrativo, el primer fallo de alto impacto se produjo el 13 de julio cuando el juez Walter Lara Correa le ordenó a Capital Humano a restituir las políticas alimentarias vigentes, como la de abastecimiento a los comedores.
El 31 de octubre, el mismo juez, condenó al Estado nacional a continuar con la entrega de alimentos a los comedores, en el marco de un amparo presentado por UTEP y CELS. Allí reconoció que son los comedores y merenderos los que garantizan el derecho a la alimentación, por lo tanto tienen que ser abastecidos para no incurrir en responsabilidad internacional.
Potenciar Trabajo
El mismo día del fallo adverso en el caso de los comedores, Capital Humano recibió otro revés: se lo asestó la Cámara Federal de Corrientes, que le ordenó volver a incluir en el programa Potenciar Trabajo a un grupo de personas que habían sido quitadas con criterios ilegítimos.
Se trata de la cuarta sentencia contra el gobierno de Javier Milei y en favor de trabajadores patrocinados por el abogado Juan Manuel Cubilla Podestá. Son cerca de quinientos los ciudadanos correntinos que denunciaron que se los excluyó del Potenciar Trabajo con información falsa aportada parte de funcionarios para justificar decisiones ilegales: habían sido dados de baja con la excusa de que eran empleados públicos.
Los jueces del tribunal de apelaciones afirmaron que a los trabajadores correntinos «les asiste razón en cuanto se advierte que los hechos que sirvieron de causa y motivación” de sus desvinculaciones del programa en cuestión “se encuentran viciados por falsedad”.
“Pese a la especial condición de vulnerabilidad de todos los accionantes y que la denunciada suspensión de pago se sustente en datos falsos, resulta imperativo que se adopte un enfoque pro humano, ejerciendo una tutela judicial efectiva respecto de la naturaleza alimentaria que reviste la prestación social que abrupta e incausadamente dejaron de recibir los actores”, indicaron los jueces Selva Spessot, Mirtha Sotelo y Luis González. En rigor, los jueces sostuvieron que los beneficiados por el fallo deben ser trasladados del exprograma “Potenciar Trabajo” a los programas que lo reemplazaron: “Volver al Trabajo” -VAT- y “Acompañamiento Social” -PAS-, sin la necesidad de hacer ningún trámite adicional.
Los 500 correntinos dados de baja por decisiones ilegales de Milei y Pettovello son trabajadores de la economía informal que recibían 70 mil pesos por mes hasta diciembre de 2023 para reforzar sus ingresos como albañiles, modistas, carpinteros, cocineros, docentes particulares, productores de alimentos y otros rubros. En la medida que vayan recibiendo fallos favorables, el Estado nacional les tendrá que pagar todo lo adeudado durante los primeros cuatro meses de 2024 y con los respectivos intereses. El mismo Estado deberá, además, hacerse cargo de las costas del juicio. La crueldad cuesta caro.